{"id":1014,"date":"2020-03-16T18:34:36","date_gmt":"2020-03-16T21:34:36","guid":{"rendered":"http:\/\/www.estudiotrevisan.com\/wp\/?p=1014"},"modified":"2020-03-16T18:34:36","modified_gmt":"2020-03-16T21:34:36","slug":"covid-19-reporte-012020","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/uncategorized\/covid-19-reporte-012020\/","title":{"rendered":"COVID-19: Reporte 01\/2020"},"content":{"rendered":"<p>Como es de p\u00fablico y notorio conocimiento, la expansi\u00f3n de la pandemia del Coronavirus (<a href=\"https:\/\/www.argentina.gob.ar\/salud\/coronavirus-COVID-19\" target=\"_blank\" data-saferedirecturl=\"https:\/\/www.google.com\/url?q=https:\/\/www.argentina.gob.ar\/salud\/coronavirus-COVID-19&amp;source=gmail&amp;ust=1584479823697000&amp;usg=AFQjCNG4x_cINGGiAvAQHnHt7M6717gHTQ\">COVID-19<\/a>) en nuestro pa\u00eds ha exigido de parte de las autoridades tanto nacionales como provinciales y municipales la adopci\u00f3n de una serie de medidas de distinta \u00edndole, principalmente de orden preventivo. Por otra parte, en miras a contribuir\u00a0a contener la propagaci\u00f3n del COVID-19 desde Estudio Trevis\u00e1n hemos tomado medidas para minimizar el trabajo en nuestras oficinas (para m\u00e1s informaci\u00f3n ver\u00a0<a href=\"http:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/2020\/03\/covid-19-estado-de-nuestras-oficinas\/\" target=\"_blank\" data-saferedirecturl=\"https:\/\/www.google.com\/url?q=http:\/\/www.estudiotrevisan.com\/wp\/2020\/03\/covid-19-estado-de-nuestras-oficinas\/&amp;source=gmail&amp;ust=1584479823697000&amp;usg=AFQjCNEWqtBFObPmKonfhIrHjlqLcEq83w\">AQU\u00cd<\/a>).<\/p>\n<p>Nos proponemos aqu\u00ed hacer un breve repaso de las normas m\u00e1s relevantes que podr\u00edan tener incidencia en el giro de negocios empresarial:<\/p>\n<p><b>DNU 260\/20 publicado el 12\/03\/2020 (PEN)<\/b><\/p>\n<p>A trav\u00e9s de este Decreto de Necesidad y Urgencia el Poder Ejecutivo (PEN) ampli\u00f3 la\u00a0<b><span style=\"text-decoration: underline;\">emergencia p\u00fablica en materia sanitaria<\/span><\/b>\u00a0establecida por la Ley N\u00b0 27.541 de solidaridad social y reactivaci\u00f3n productiva en el marco de la emergencia p\u00fablica aprobada el a\u00f1o pasado, en virtud de la Pandemia declarada por la OMS en relaci\u00f3n con el COVID-19, por el plazo de 1 a\u00f1o. La norma es considerada de orden p\u00fablico.<\/p>\n<p>FACULTADES. La medida ampl\u00eda las facultades del Ministerio de Salud de la Naci\u00f3n para, entre otras:<\/p>\n<p>&#8211; Instar a las personas sintom\u00e1ticas procedentes de zonas afectadas a abstenerse de viajar hacia Argentina, hasta tanto cuenten con un diagn\u00f3stico m\u00e9dico de la autoridad sanitaria del pa\u00eds en el que se encuentren con la debida certificaci\u00f3n que descarte la posibilidad de contagio.<\/p>\n<p>&#8211; Efectuar la adquisici\u00f3n directa de bienes, servicios o equipamiento que sean necesarios para atender la emergencia, en base a evidencia cient\u00edfica y an\u00e1lisis de informaci\u00f3n estrat\u00e9gica de salud, sin sujeci\u00f3n al r\u00e9gimen de contrataciones de la administraci\u00f3n nacional.<\/p>\n<p>&#8211; Coordinar la distribuci\u00f3n de los productos farmac\u00e9uticos y elementos de uso m\u00e9dico que se requieran para satisfacer la demanda ante la emergencia.<\/p>\n<p>&#8211; Entregar, a t\u00edtulo gratuito u oneroso, medicamentos, dispositivos m\u00e9dicos u otros elementos sanitizantes.<\/p>\n<p>&#8211; Establecer la declaraci\u00f3n jurada de estado de salud como medida de control sanitario obligatorio para viajeros y otras que se estimen necesarias, incluso al momento de la partida, antes o durante su arribo al pa\u00eds.<\/p>\n<p>&#8211; Autorizar la instalaci\u00f3n y funcionamiento de hospitales de campa\u00f1a o modulares aun sin contar con los requisitos y autorizaciones administrativas previas.<\/p>\n<p>ZONAS AFECTADAS. Hasta el dictado del DNU se consideraban zonas afectadas las siguientes: Europa,\u00a0Estados Unidos, Corea del Sur,\u00a0Jap\u00f3n, China e Ir\u00e1n.\u00a0En el d\u00eda de la fecha, fueron agregados al listado Chile y Brasil.<\/p>\n<p>INSUMOS CR\u00cdTICOS. se podr\u00e1n fijar precios m\u00e1ximos para el alcohol en gel, los barbijos, u otros insumos cr\u00edticos, definidos como tales. Asimismo, podr\u00e1n adoptar las medidas necesarias para prevenir su desabastecimiento. A trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n 86\/20 la Secretar\u00eda de Comercio Interior estableci\u00f3 la retrocesi\u00f3n transitoria del precio de venta del alcohol en gel -en todas sus presentaciones-, a los valores vigentes al 15\/02\/20. Los precios de venta no podr\u00e1n ser alterados por 90 d\u00edas corridos. Se intim\u00f3 a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producci\u00f3n, distribuci\u00f3n y comercializaci\u00f3n del alcohol en gel y sus insumos, a incrementar la producci\u00f3n de tales bienes hasta el m\u00e1ximo de su capacidad instalada.<\/p>\n<p>AISLAMIENTO OBLIGATORIO. Por 14 d\u00edas y en 5 casos:<\/p>\n<p>1. Personas que presenten fiebre y uno o m\u00e1s s\u00edntomas respiratorios (tos, dolor de garganta o dificultad respiratoria) y que adem\u00e1s, en los \u00faltimos d\u00edas, tenga historial de viaje a \u201czonas afectadas\u201d o haya estado en contacto con casos confirmados o probables de COVID-19.<\/p>\n<p>2. Quienes posean confirmaci\u00f3n m\u00e9dica de haber contra\u00eddo el COVID-19.<\/p>\n<p>3. Los \u201ccontactos estrechos\u201d de las personas comprendidas en los casos 1 y 2.<\/p>\n<p>4. Personas que arriben al pa\u00eds habiendo transitado por \u201czonas afectadas\u201d. Deben tambi\u00e9n brindar informaci\u00f3n adicional y someterse a un examen m\u00e9dico.<\/p>\n<p>5. Quienes hayan arribado al pa\u00eds en los \u00faltimos 14 d\u00edas, habiendo transitado por \u201czonas afectadas\u201d.<\/p>\n<p><b>Resoluci\u00f3n 202\/2020 (Min. Trabajo)<\/b><\/p>\n<p>Se\u00a0<span style=\"text-decoration: underline;\">suspende el deber de asistencia al lugar de trabajo<\/span>, con goce \u00edntegro de sus remuneraciones, a todos los trabajadores y las trabajadoras que se encuentren en las situaciones aislamiento obligatorio, cualquiera sea la naturaleza del v\u00ednculo jur\u00eddico de que se trate.\u00a0Los trabajadores y las trabajadoras que se encontraren comprendidos deber\u00e1n comunicar dicha circunstancia al empleador de manera fehaciente y detallada dentro de un plazo m\u00e1ximo de 48 horas. Dentro de este grupo, quienes no posean confirmaci\u00f3n m\u00e9dica de haber contra\u00eddo el COVID-19, ni la sintomatolog\u00eda descripta, cuyas tareas habituales u otras an\u00e1logas puedan ser realizadas desde el lugar de aislamiento, deber\u00e1n en el marco de la buena fe contractual, establecer con su empleador las condiciones en que dicha labor ser\u00e1 realizada. Los empleadores y las trabajadoras y los trabajadores deber\u00e1n facilitar y acatar las acciones preventivas generales y el seguimiento de la evoluci\u00f3n de las personas enfermas o que hayan estado en contacto<\/p>\n<p>con las mismas que determine la autoridad sanitaria nacional. Asimismo, deber\u00e1n reportar ante dicha autoridad toda situaci\u00f3n que encuadre en los supuestos de aislamiento.<\/p>\n<p><b>Resoluci\u00f3n 567\/2020 (Min. Salud)<\/b><\/p>\n<p>Dispone la\u00a0<span style=\"text-decoration: underline;\">prohibici\u00f3n de ingreso al pa\u00eds<\/span>\u00a0por un plazo de 30 d\u00edas de las personas extranjeras no residentes que hayan transitado por \u201czonas afectadas\u201d en los 14 d\u00edas previos a su llegada, en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 4\u00b0 del Decreto 260\/2020. El plazo podr\u00e1 abreviarse o extenderse conforme la evoluci\u00f3n de la situaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica. Migraciones tambi\u00e9n suspendi\u00f3 la tramitaci\u00f3n de residencias temporarias de extranjeros de \u201czonas afectadas\u201d.\u00a0Es probable que el PEN extienda por el plazo de 15 d\u00edas la prohibici\u00f3n de ingreso sin importar el pa\u00eds del cual se provenga.<\/p>\n<p><b>Resoluci\u00f3n 108\/2020 (Min. Educaci\u00f3n)<\/b><\/p>\n<p>Manteniendo abiertos los establecimientos educativos,\u00a0se decide\u00a0-en acuerdo con el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACI\u00d3N y en coordinaci\u00f3n con los organismos competentes de todas las jurisdicciones-\u00a0la\u00a0<span style=\"text-decoration: underline;\">suspensi\u00f3n del dictado de clases presenciales<\/span>\u00a0en los niveles inicial, primario, secundario en todas sus modalidades, e institutos de educaci\u00f3n superior, por 14 d\u00edas corridos a partir del 16 de marzo y se recomiendan algunas medidas para implementar en estas dos semanas continuando el aprendizaje. Recordamos que las universidades por ser aut\u00f3nomas no dependen del Ministerio de Educaci\u00f3n sino que tienen cada una de ellas su propio \u00f3rgano de Gobierno. De todas formas la mayor\u00eda de ellas ya ha suspendido las clases presenciales.<\/p>\n<p><b>Poder Judicial<\/b><\/p>\n<p>Mediante la Acordada 4\/20 del 16\/03\/2020 la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n decidi\u00f3 declarar inh\u00e1biles los d\u00edas 16 a 31 de marzo para las actuaciones judiciales ante todos los tribunales que integran el Poder Judicial de la Naci\u00f3n, sin perjuicio de Ia validez de los actos procesales cumplidos o que se cumplan. Habr\u00e1 una prestaci\u00f3n m\u00ednima y se suspender\u00e1 la atenci\u00f3n al p\u00fablico salvo para actos indispensables. Tenemos noticias que se han suspendido audiencias en el Tribunal Fiscal de la Naci\u00f3n y que\u00a0provincias como C\u00f3rdoba,\u00a0Entre R\u00edos, Chaco, Salta, R\u00edo Negro, La Rioja,\u00a0Buenos Aires y Tierra del Fuego ya decretaron la feria judicial.<\/p>\n<p><b>Otras dependencias<\/b><\/p>\n<p>Tanto dependencias p\u00fablicas como privadas est\u00e1n disminuyendo sus servicios de atenci\u00f3n al p\u00fablico y suspendiendo actividades y reuniones programadas. Recomendamos chequear disponibilidad y servicios afectados de acuerdo a los tr\u00e1mites y\/o gestiones que deban realizar. El transporte p\u00fablico del AMBA opera con servicio limitado. Los expedientes y tr\u00e1mites digitales contin\u00faan su curso. Es de esperar demoras y suspensiones en organismos p\u00fablicos y privados. Todas las actividades tur\u00edsticas y eventos masivos con una concurrencia superior a las 200 personas han sido cancelados.<\/p>\n<p>Hoy se reuni\u00f3 el gabinete econ\u00f3mico y social para adoptar nuevas medidas en el marco de la pandemia. Se esperan novedades en los pr\u00f3ximos d\u00edas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Presentamos un breve reporte sobre las normas m\u00e1s relevantes que est\u00e1n siendo dictadas en nuestro pa\u00eds, en todo orden, como consecuencia de la evoluci\u00f3n de la pandemia del COVID-19. Iremos actualizando peri\u00f3dicamente este informe, conforme los eventos y normativa se vayan sucediendo.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[43,1],"tags":[177],"class_list":["post-1014","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-es-ar","category-uncategorized","tag-covid-19"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1014","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1014"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1014\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1014"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1014"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1014"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}