{"id":1041,"date":"2020-03-25T18:08:34","date_gmt":"2020-03-25T21:08:34","guid":{"rendered":"http:\/\/www.estudiotrevisan.com\/wp\/?p=1041"},"modified":"2020-03-25T18:08:34","modified_gmt":"2020-03-25T21:08:34","slug":"covid-19-reporte-52020","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/derecho-de-la-salud\/covid-19-reporte-52020\/","title":{"rendered":"COVID-19: Reporte 05\/2020"},"content":{"rendered":"<p>Retomando la semana laboral contin\u00faan las novedades en materia normativa vinculada con la atenci\u00f3n de la emergencia sanitaria. Se destacan las medidas econ\u00f3micas orientadas a proteger a los sectores m\u00e1s vulnerables afectados por el aislamiento social preventivo obligatorio.<\/p>\n<p>El Banco Central de la Rep\u00fablica Argentina (BCRA) dispuso adecuaciones a las normas de Emergencia Sanitaria sobre la operatoria del sistema financiero emitidas el pasado 20 de marzo. A partir del jueves 26 de marzo se restablecen las sesiones de compensaci\u00f3n electr\u00f3nica de cheques que hab\u00edan sido suspendidas. Los d\u00edas que no hubo clearing bancario no computar\u00e1n para el vencimiento del plazo de 30 d\u00edas para la presentaci\u00f3n de los cheques. Continuar\u00e1n en funcionamiento las acreditaciones de dep\u00f3sitos en efectivo por cajeros autom\u00e1ticos, terminales de autoservicio, empresas transportadoras de caudales, buzones de dep\u00f3sito y por los medios pactados cuando se trate de dep\u00f3sitos en efectivo por montos mayores efectuados por determinados clientes. Se suspendi\u00f3 adem\u00e1s hasta el 30 de abril inclusive la aplicaci\u00f3n de multas y la obligaci\u00f3n de proceder al cierre e inhabilitaci\u00f3n de cuentas bancarias con motivo del rechazo de cheques por falta de fondos y se autoriz\u00f3 el otorgamiento de cr\u00e9ditos que tienen deuda provisional.<\/p>\n<p>El Poder Ejecutivo cre\u00f3 el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), el cual consta de una prestaci\u00f3n monetaria ($ 10.000.-) no contributiva de car\u00e1cter excepcional destinada a compensar la p\u00e9rdida o grave disminuci\u00f3n de ingresos de personas afectadas por la situaci\u00f3n de emergencia sanitaria. El IFE ser\u00e1 otorgado a las personas que se encuentren desocupadas; se desempe\u00f1en en la econom\u00eda informal; sean monotributistas inscriptos en las categor\u00edas \u201cA\u201d y \u201cB\u201d; monotributistas sociales y trabajadores y trabajadoras de casas particulares, siempre que cumplan con ciertos requisitos. Lo percibir\u00e1 un integrante del grupo familiar y se abonar\u00e1 por \u00fanica vez en el mes de abril.<\/p>\n<p>Jefatura de Gabinete incorpor\u00f3 al listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, exceptuadas del cumplimiento del \u201caislamiento social, preventivo y obligatorio\u201d y de la prohibici\u00f3n de circular, a las personas afectadas a una serie de actividades y servicios dentro de las cuales se encuentran, entre otras: producci\u00f3n y distribuci\u00f3n de biocombustibles, operaci\u00f3n de centrales nucleares, hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria, operaci\u00f3n de aeropuertos, garajes y estacionamientos, etc. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas r\u00e1pidas, podr\u00e1n vender sus productos a trav\u00e9s de servicios de reparto domiciliario, con sujeci\u00f3n al protocolo espec\u00edfico establecido por la autoridad sanitaria.<\/p>\n<p>Por 180 d\u00edas Las empresas prestadoras de los servicios de energ\u00eda el\u00e9ctrica, gas por redes y agua corriente, telefon\u00eda fija o m\u00f3vil e Internet y TV por cable no podr\u00e1n disponer la suspensi\u00f3n o el corte de los respectivos servicios a los usuarios y las usuarias de menores recursos en caso de mora o falta de pago de hasta 3 facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1\u00b0 de marzo de 2020. Quedan comprendidos los usuarios con aviso de corte en curso.<\/p>\n<p>Por Resoluci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Comercio Interior los supermercados, autoservicios y comercios deber\u00e1n abrir entre las 7 am y las 8 pm como horarios l\u00edmite, adem\u00e1s de cumplir con las siguientes pautas:<\/p>\n<p>a) Implementar un horario de atenci\u00f3n al p\u00fablico de al menos 13 horas diarias en funci\u00f3n de los flujos de la demanda y a fin de evitar las concentraciones de los clientes.<\/p>\n<p>b) Disponer de personal espec\u00edficamente destinado a controlar el acceso y evitar aglomeraciones en los locales de venta en funci\u00f3n de la superficie de los mismos, a fin de mantener una \u00f3ptima relaci\u00f3n entre espacio y asistentes.<\/p>\n<p>c) Se\u00f1alizar los lugares de espera, de manera de mantener una distancia de 1,5 m. entre cliente\/a y cliente\/a en lugares de espera sea tanto en l\u00ednea de caja y\/o donde los\/as consumidores deban formar fila de espera para ser atendidos.<\/p>\n<p>d) Armar y disponer en todo el piso de venta de los establecimientos comerciales, de banners, audios y materiales de prevenci\u00f3n para clientes.<\/p>\n<p>Por otra parte, a trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n Conjunta N\u00ba 1\/2020 el Ministerio de Salud y el Ministerio de Desarrollo Productivo dieron a conocer el listado de 42 insumos cr\u00edticos sanitarios necesarios para mitigar la propagaci\u00f3n del Coronavirus y para su tratamiento terap\u00e9utico y curativo. Las empresas que participen de la cadena de producci\u00f3n de estos insumos deber\u00e1n incrementar la producci\u00f3n, distribuci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de dichos insumos hasta el m\u00e1ximo de su capacidad instalada, y arbitrar los medios para asegurar su distribuci\u00f3n y provisi\u00f3n a la poblaci\u00f3n y entidades de salud. Tendr\u00e1n adem\u00e1s la obligaci\u00f3n de otorgar prioridad de adquisici\u00f3n a entidades sanitarias, de acuerdo con lo que determine el Ministerio de Salud, e informar a la Autoridad de Aplicaci\u00f3n Sanitaria y a la Secretar\u00eda de Comercio Interior cada 5 d\u00edas la cantidad de bienes producidos, la cantidad de bienes comercializados y los destinatarios de dichas operaciones de venta, durante el per\u00edodo informado.\u00a0Las empresas productoras, deber\u00e1n tambi\u00e9n informar su plan de producci\u00f3n para los siguientes 3 meses.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, el Ministerio de Desarrollo Social resolvi\u00f3 una serie de excepciones al Decreto N\u00b0 297\/2020 en lo referido al aislamiento social en el caso de asistencia de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por sus progenitores o tutores.<\/p>\n<p>Si usted necesita mayor informaci\u00f3n sobre alguna de estas medidas o precisa de los modelos de declaraciones juradas previstos para excepciones al aislamiento obligatorio, no dude en contactarse con nosotros v\u00eda correo electr\u00f3nico o por tel\u00e9fono.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Nuevo reporte con las \u00faltimas novedades m\u00e1s relevantes de las medidas dictadas por el gobierno, para hacer frente a la emergencia sanitaria.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[143],"tags":[177,181,148],"class_list":["post-1041","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-derecho-de-la-salud","tag-covid-19","tag-emergencia","tag-salud"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1041","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1041"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1041\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1041"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1041"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1041"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}