{"id":1251,"date":"2020-05-29T09:52:11","date_gmt":"2020-05-29T12:52:11","guid":{"rendered":"http:\/\/www.estudiotrevisan.com\/wp\/?p=1251"},"modified":"2020-05-29T09:52:11","modified_gmt":"2020-05-29T12:52:11","slug":"covid-19-reporte-282020","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/derecho-administrativo\/covid-19-reporte-282020\/","title":{"rendered":"Covid-19: Reporte 28\/2020"},"content":{"rendered":"<p><b>Consumidores hipervulnerables (Resoluci\u00f3n 139\/2020)<\/b><\/p>\n<p>La Secretar\u00eda de Comercio Interior estableci\u00f3 que a los fines de lo previsto en el Art\u00edculo 1\u00b0 de la Ley N\u00b0 24.240 de Defensa del Consumidor se consideran consumidores hipervulnerables, a aquellos consumidores que sean personas humanas y que se encuentren en otras situaciones de vulnerabilidad en raz\u00f3n de su edad, g\u00e9nero, estado f\u00edsico o mental, o por circunstancias sociales, econ\u00f3micas, \u00e9tnicas y\/o culturales, que provoquen especiales dificultades para ejercer con plenitud sus derechos como consumidores. Asimismo, podr\u00e1n ser considerados consumidores hipervulnerables las personas jur\u00eddicas sin fines de lucro que orienten sus objetos sociales a los colectivos comprendidos en el presente art\u00edculo.<\/p>\n<p>Complet\u00f3 la resoluci\u00f3n brindando un listado no taxativo de condiciones que podr\u00e1n constituir causas de hipervulnerabilidad, encomendando una serie de funciones y objetivos a la Subsecretar\u00eda de acciones para la defensa de las y los consumidores, y enumerando una serie de principios procedimentales rectores que se deber\u00e1n observar en todos los procedimientos administrativos en los que est\u00e9 involucrado un consumidor o consumidora hipervulnerable.<\/p>\n<p><b>Barbijos especiales tambi\u00e9n para empresas (Resoluci\u00f3n 144\/2020)<\/b><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><a href=\"http:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/N95_Mask_Surgical_Mask_N95_Respirator_-e1590793401708.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-1252\" alt=\"N95_Mask_Surgical_Mask_N95_Respirator_\" src=\"http:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/N95_Mask_Surgical_Mask_N95_Respirator_-e1590793470316.jpg\" width=\"411\" height=\"148\" \/><\/a><\/p>\n<p>La Secretar\u00eda de Comercio Interior habilit\u00f3 la comercializaci\u00f3n de los \u201cbarbijos tipo N95 y\/o quir\u00fargico y\/o TRI-CAPA\u201d respecto de todas las personas jur\u00eddicas que los adquieran para la protecci\u00f3n de sus empleados y\/o dependientes. Anteriormente, se permit\u00eda la venta exclusivamente para aquellas personas humanas que acreditaran mediante documentaci\u00f3n fehaciente su condici\u00f3n de profesional o personal del servicio de la salud (estas personas pueden seguir adquiriendo este tipo de barbijos).<\/p>\n<p><b>Blanqueo de la clave fiscal por cajero autom\u00e1tico (Resoluci\u00f3n General 4727\/2020)<\/b><\/p>\n<p>Teniendo en cuenta que la pandemia oblig\u00f3 al cierre de sus oficinas de atenci\u00f3n al p\u00fablico, la Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos (AFIP) dispuso, con car\u00e1cter excepcional, la posibilidad de efectuar el blanqueo de la Clave Fiscal, a efectos de obtener el Nivel de Seguridad 3 requerido para acceder a determinados servicios inform\u00e1ticos del Organismo, a trav\u00e9s de los cajeros autom\u00e1ticos habilitados por las entidades bancarias. La feria extraordinaria y suspensi\u00f3n del plazos contin\u00faa hasta el 7 de junio, inclusive.<\/p>\n<p><b>Adquisici\u00f3n de divisas (RG 841\/2020 y Circular CAMEX 1 \u2013 849)<\/b><\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n Nacional de Valores (CNV) estableci\u00f3 que para dar curso a operaciones de venta de Valores Negociables con liquidaci\u00f3n en moneda extranjera, o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior, debe observarse un plazo m\u00ednimo de tenencia de dichos Valores Negociables en cartera de 5 d\u00edas h\u00e1biles, contados a partir su acreditaci\u00f3n en el Agente Depositario.<\/p>\n<p>A su tiempo, el Directorio del Banco Central de la Rep\u00fablica Argentina (BCRA) dispuso que las empresas que cuenten con activos l\u00edquidos originados en la formaci\u00f3n de activos externos deber\u00e1n disponer primeramente de esos recursos para el pago de obligaciones con el exterior. Adem\u00e1s, extendi\u00f3 a 90 d\u00edas previos y 90 d\u00edas posteriores la restricci\u00f3n para realizar operaciones de compra venta de t\u00edtulos p\u00fablicos en moneda local con liquidaci\u00f3n en divisas para las empresas que requieran acceder al mercado oficial de cambio, e incorpor\u00f3 nuevas medidas para el acceso de las empresas al Mercado \u00danico y Libre de Cambios (MULC) con el prop\u00f3sito de ordenar el pago de obligaciones por la importaci\u00f3n de bienes. Las empresas deber\u00e1n solicitar autorizaci\u00f3n previa al BCRA para acceder al mercado de cambios para el pago de obligaciones comerciales con el exterior si redujeron el monto vigente al 1 de enero de 2020.<\/p>\n<p><b>Cuatro nuevas leyes en PBA<\/b><\/p>\n<p>Se promulgaron en la provincia de Buenos Aires 4 leyes relacionadas con la emergencia sanitaria. Se trata de la ley 15.171, que declara la emergencia sanitaria en geri\u00e1tricos; la ley 15.172, que suspende los desalojos y ejecuciones; la ley 15.173, que faculta al Ministerio de las Mujeres a tomar medidas para asistir y prevenir situaciones de violencia familiar y de g\u00e9nero; y la ley 15.174 que ratifica los decretos dictados por el Poder Ejecutivo a ra\u00edz de la pandemia del nuevo coronavirus.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Nuestro nuevo reporte con las novedades normativas m\u00e1s importantes de los \u00faltimos d\u00edas.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[104,143],"tags":[177],"class_list":["post-1251","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-derecho-administrativo","category-derecho-de-la-salud","tag-covid-19"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1251","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1251"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1251\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1251"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1251"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1251"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}