{"id":1397,"date":"2020-10-16T09:14:22","date_gmt":"2020-10-16T12:14:22","guid":{"rendered":"http:\/\/www.estudiotrevisan.com\/wp\/?p=1397"},"modified":"2020-10-16T09:14:22","modified_gmt":"2020-10-16T12:14:22","slug":"covid-19-reporte-442020","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/uncategorized\/covid-19-reporte-442020\/","title":{"rendered":"Covid-19: Reporte 44\/2020"},"content":{"rendered":"<p>Hasta igual fecha se suspendi\u00f3 el curso de los plazos de los procedimientos administrativos y\u00a0la feria fiscal.<\/p>\n<p>Repasamos ahora la normativa destacada de los \u00faltimos d\u00edas:<\/p>\n<div>\n<p style=\"text-align: center;\"><a href=\"http:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-content\/uploads\/2020\/10\/patagonia-argentina.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-1401\" alt=\"patagonia-argentina\" src=\"http:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-content\/uploads\/2020\/10\/patagonia-argentina.jpg\" width=\"1000\" height=\"668\" \/><\/a><\/p>\n<p><b>Reglamentaci\u00f3n de la\u00a0Ley de Sostenimiento y Reactivaci\u00f3n Productiva de la Actividad Tur\u00edstica Nacional (Decreto 795\/2020)<\/b><\/p>\n<div>\n<p>El Poder Ejecutivo reglament\u00f3 la Ley N\u00b0 27.563, mediante la cual se dispusieron una serie de medidas para el sostenimiento y la reactivaci\u00f3n de la actividad tur\u00edstica nacional con la finalidad de paliar el impacto econ\u00f3mico, social y productivo producido en dicha actividad, en todas sus modalidades, en virtud de las consecuencias generadas por la pandemia de COVID-19. Estableci\u00f3 de esta manera determinadas precisiones relativas a los alcances y la instrumentaci\u00f3n de algunas de las referidas medidas.<\/p>\n<\/div>\n<p><b>Bono para trabajadores que combaten incendios (Decreto 796\/2020)<\/b><\/p>\n<p>Mientras los incendios contin\u00faan acechando a buena parte del territorio nacional, el Poder Ejecutivo decidi\u00f3 otorgar una asignaci\u00f3n mensual est\u00edmulo a los trabajadores que presten servicios en el combate de incendios. Ser\u00e1n $10.000 por mes, de car\u00e1cter no remunerativo, y\u00a0correspondiente a las tareas prestadas o a prestarse en los meses de octubre, noviembre y diciembre del corriente a\u00f1o. La asignaci\u00f3n estar\u00e1 a cargo del Estado nacional.<\/p>\n<p><b>Municipios podr\u00e1n sancionar a comercios que no cumplan con la Ley de Abastecimiento<\/b><\/p>\n<p>El pasado jueves 8 de octubre en el Senado bonaerense se aprob\u00f3 el proyecto de ley que modifica la Ley provincial 13.133 C\u00f3digo Provincial de Implementaci\u00f3n de los Derechos de los Consumidores y Usuarios, facultando a los municipios de la provincia para que puedan hacer cumplir la Ley de Abastecimiento nacional. La norma modifica el art\u00edculo 1 bis del C\u00f3digo Provincial, que reconoce expl\u00edcitamente en los casos en que sea pertinente la aplicaci\u00f3n de las infracciones que establece la Ley nacional 20.680 del R\u00e9gimen de Abastecimiento. Junto con ello se modific\u00f3 adem\u00e1s el art\u00edculo 73 de la norma local que establece las distintas sanciones del r\u00e9gimen de consumo bonaerense donde la multa podr\u00eda llegar a cuantificarse entre los 10.000 y los 10.000.000 de pesos. Por \u00faltimo, se incorpora dentro de los aspectos a tener en cuenta a la hora de aplicar la graduaci\u00f3n de las sanciones del art\u00edculo mencionado el hecho de que se acredite una infracci\u00f3n a los reg\u00edmenes de protecci\u00f3n de los consumidores y de abastecimiento.<\/p>\n<div>Asimismo, el Senado bonaerense dio media sanci\u00f3n por unanimidad a la<a href=\"http:\/\/www.senado-ba.gov.ar\/noticias\/el-senado-aprobo-por-unanimidad-la-ley-de-gondolas-para-favorecer-a-productores--11951\" target=\"_blank\">Ley de G\u00f3ndolas para favorecer a productores regionales<\/a>.<\/div>\n<p><b>Actualizaci\u00f3n del Salario M\u00ednimo<\/b><\/p>\n<p>Gobierno, sindicatos y empresas alcanzaron el mi\u00e9rcoles \u00faltimo un acuerdo para actualizar el salario m\u00ednimo, vital y m\u00f3vil (SMVM), el cual aumentar\u00e1 28% en 3 cuotas. Quedar\u00e1 en $21.600 a partir de marzo de 2021.<\/p>\n<p><b>El Gobierno pagar\u00e1 la mitad de los salarios a empresas en proceso de reestructuraci\u00f3n de deudas (Resoluci\u00f3n 551\/2020)<\/b><\/p>\n<div>\n<p>El Ministerio de Desarrollo Productivo cre\u00f3 el \u201cPrograma de Asistencia a Empresas Estrat\u00e9gicas en proceso de Reestructuraci\u00f3n de Pasivos\u201d (PAEERP) a fin de asistir econ\u00f3micamente a compa\u00f1\u00edas que presenten proyectos para la reestructuraci\u00f3n de sus pasivos y cumplan con los siguientes requisitos:<\/p>\n<p>a) Registren m\u00e1s de 500 empleados en relaci\u00f3n de dependencia.<br \/>\nb) Se encuentren en una situaci\u00f3n econ\u00f3mica y\/o financiera con necesidad justificada de reestructuraci\u00f3n de sus pasivos.<br \/>\nc) Vendan bienes y\/o servicios con alto contenido tecnol\u00f3gico y\/o realicen exportaciones con alto valor agregado.La asistencia consistir\u00e1 en Aportes No Reembolsables (ANR), que las empresas beneficiarias deber\u00e1n destinar al pago del 50% de la masa salarial bruta que permita el funcionamiento de la empresa durante dicho proceso. En casos debidamente justificados, el Comit\u00e9 Ejecutivo del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) podr\u00e1 aumentar los ANR para cubrir hasta el 75% de la masa salarial bruta.<\/p>\n<\/div>\n<p><b>Suspensi\u00f3n del deber de asistencia (Resoluci\u00f3n 10\/2020)<\/b><\/p>\n<div>\n<p>Las personas con Obesidad Grado II (IMC 35,0 \u2013 39,9 kg\/m2) no estar\u00e1n alcanzadas por la suspensi\u00f3n del deber de asistencia al lugar de trabajo, siempre que se cumplan los recaudos previstos: los empleadores deber\u00e1n otorgar los elementos adecuados para la prevenci\u00f3n, protecci\u00f3n, limpieza, cuidado y seguridad de los trabajadores a las que se refiere el art\u00edculo 1\u00b0 de la presente, con el objetivo de disminuir su nivel de exposici\u00f3n al virus SARS CoV2, como as\u00ed tambi\u00e9n garantizar el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios previstos para cada actividad y facilitar el acceso inmediato a los controles sanitarios pertinentes, cuando resulte necesario.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Fueron prorrogados hasta el 25 de octubre el aislamiento y el distanciamiento social, preventivo y obligatorio, respectivamente, de acuerdo a las distintas situaciones epidemiol\u00f3gicas que enfrentan los territorios de nuestro pa\u00eds.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[177],"class_list":["post-1397","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-uncategorized","tag-covid-19"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1397","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1397"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1397\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1397"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1397"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.estudiotrevisan.com\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1397"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}