Continuamos brindando las principales novedades legales vinculadas a la pandemia del nuevo coronavirus.
Continúa la feria judicial (Acordada 18/2020)
Luego de haber levantado la feria para una serie de jurisdicciones del interior del país tal como fuera informado en nuestro reporte 30/2020, teniendo en cuenta la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) en la zona del área metropolitana de Buenos Aires (AMBA), la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) dispuso la extensión de la feria extraordinaria desde el 8 de junio hasta el 28 de este mismo mes, inclusive.
A su tiempo, la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires (SCBA), a través de la Resolución N° 30/2020, dispuso la prórroga de las Resoluciones N° 480/20, N° 535/20 y N° 558/20 hasta el 28 de junio inclusive, extendiendo las medidas que amplían el inicio de procesos telemáticos y la normalización gradual de la administración de justicia. Además, reglamentó la Ley n° 14.736 dictada en el año 2015, que establece la posibilidad de intervenir como amigos del tribunal (amicus curiae) a expertos y expertas.
Se promulgan 3 leyes
El Poder Ejecutivo promulgó tres leyes dictadas recientemente por el Congreso de la Nación. Se trata de la 27.547 (de la Sociedad Nacional de la Cruz Roja), la 27.548 (Programa de Protección al Personal de Salud ante la pandemia de coronavirus COVID-19), y la 27.549 (Beneficios Especiales a Personal de Salud, Fuerzas Armadas, de Seguridad y otros ante la Pandemia de Covid-19).
Se conocieron detalles de las etapas de administración de la cuarentena
En ciudades de 18 provincias comenzó el día de ayer la nueva fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO). Según estimaciones oficiales, 79% de las industrias, 81% del comercio y 100% de la producción agropecuaria del país ya no tienen restricciones para funcionar.
Suspensiones laborales (Resolución 275/2020)
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social prorrogó por 60 días la resolución que convalidara el acuerdo suscrito entre la Confederación General del Trabajo (CGT) y la Unión Industrial Argentina (UIA) para que empresas y empleados puedan acordar suspensiones con descuentos en remuneraciones de hasta el 75% del salario, en los términos del art. 223 bis de la LCT (Ley de Contrato de Trabajo).
Si bien aún no fue publicada la medida, fuentes periodísticas informan que se prorrogaría hasta fin de año la obligación de doble indemnización para despidos sin causa, cuya vigencia vence en breve. La prohibición de despidos y suspensiones sin justa causa continúa hasta el 31 de julio, inclusive.
Procedimiento para agilizar el acceso al mercado de cambio
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) estableció, a través de la Comunicación B12020, el procedimiento estandarizado para simplificar y agilizar el tratamiento de los pedidos de conformidad previa para que las empresas puedan acceder al mercado de cambios para el pago de bienes para la producción, cuando éstos sean requeridos por lo dispuesto en las Comunicaciones A7001 y A7030.
Intervención y expropiación de Vicentin
En conferencia de prensa, el Presidente de la Nación anunció que el Estado procederá a la intervención de la firma Vicentin S.A.C.I. y que enviará un proyecto de ley al Congreso de la Nación (ingresando por el Senado) para declarar a la empresa de utilidad pública y avanzar con su expropiación. Aún no se conoce el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) mediante el cual se instrumentaría la intervención o rescate (salvataje). La compañía agrícola se encuentra en concurso de acreedores y posee una deuda de $ 18.182 millones con el Banco de la Nación Argentina (BNA). La expropiación no sería por el total del capital accionario sino sobre una mayoría de las acciones. El interventor asignado sería Gabriel Delgado, y la empresa sería gestionada por un fondo fiduciario a cargo de YPF Agro.