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Covid-19: Reporte 27/2020

Actualizamos nuestro informe periódico sobre las principales normativas vinculadas a la pandemia del nuevo coronavirus.

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Continua el aislamiento

El Presidente de la Nación prorrogó hasta hasta el 7 de junio de 2020 inclusive, la vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” (ASPO). A nivel país no se observan mayores cambios, mientras que en la zona del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) se restringe la circulación interjurisdiccional y en Capital Federal cierran 11 estaciones de tren y se limita la actividad en grandes centros comerciales.

Además, caducaron los certificados vigentes para circular denominados “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”, debiendo sus titulares proceder a tramitarlo nuevamente ingresando en el sitio https://www.argentina.gob.ar/circular.

A su tiempo, Corrientes será la primer provincia en pasar a la etapa Nº 5 de administración de la cuarentena (“nueva normalidad”), mientras que en Provincia de Buenos Aires, fuentes oficiales confirman que en breve comenzaría a ser obligatorio el uso de la aplicación (app) “Cuidar” para  toda persona que circule por estar afectada a servicios o actividades exceptuadas del ASPO (aún no fue publicado en el Boletín Oficial provincial).

Por otra parte, se mantiene la suspensión de plazos administrativos en el Estado Nacional, la Inspección General de Justicia (IGJ), entre otros.

Se mantiene la feria judicial

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires,  prorrogaron hasta el 7 de junio inclusive sus respectivas ferias judiciales. Además, la CSJN estableció que, a partir del 1º de junio y de forma progresiva, los oficios dirigidos a organismos públicos o privados que se libran de manera reiterada y habitual, tramitarán únicamente por vía digital.

Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP)

Hoy vence el plazo para que los beneficiarios puedan inscribirse. El Salario Complementario se extiende a clubes deportivos y habrá un tope de sueldos que se pueden pagar a través de este beneficio ($ 250.000.- bruto). Recordamos además que para poder ser beneficiarias las empresas no deben distribuir dividendos, recomprar acciones, adquirir dólares mediante operaciones con acciones, y realizar transferencias a socios vinculados con paraísos fiscales.

Para finalizar, el día de hoy se realizará la tercera sesión virtual de la Cámara de Diputados, en donde se tratará el proyecto de Ley de Economía del Conocimiento.