Presentamos un breve reporte sobre las normas más relevantes que están siendo dictadas en nuestro país, en todo orden, como consecuencia de la evolución de la pandemia del COVID-19. Iremos actualizando periódicamente este informe, conforme los eventos y normativa se vayan sucediendo.
Como es de público y notorio conocimiento, la expansión de la pandemia del Coronavirus (COVID-19) en nuestro país ha exigido de parte de las autoridades tanto nacionales como provinciales y municipales la adopción de una serie de medidas de distinta índole, principalmente de orden preventivo. Por otra parte, en miras a contribuir a contener la propagación del COVID-19 desde Estudio Trevisán hemos tomado medidas para minimizar el trabajo en nuestras oficinas (para más información ver AQUÍ).
Nos proponemos aquí hacer un breve repaso de las normas más relevantes que podrían tener incidencia en el giro de negocios empresarial:
DNU 260/20 publicado el 12/03/2020 (PEN)
A través de este Decreto de Necesidad y Urgencia el Poder Ejecutivo (PEN) amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541 de solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública aprobada el año pasado, en virtud de la Pandemia declarada por la OMS en relación con el COVID-19, por el plazo de 1 año. La norma es considerada de orden público.
FACULTADES. La medida amplía las facultades del Ministerio de Salud de la Nación para, entre otras:
- Instar a las personas sintomáticas procedentes de zonas afectadas a abstenerse de viajar hacia Argentina, hasta tanto cuenten con un diagnóstico médico de la autoridad sanitaria del país en el que se encuentren con la debida certificación que descarte la posibilidad de contagio.
- Efectuar la adquisición directa de bienes, servicios o equipamiento que sean necesarios para atender la emergencia, en base a evidencia científica y análisis de información estratégica de salud, sin sujeción al régimen de contrataciones de la administración nacional.
- Coordinar la distribución de los productos farmacéuticos y elementos de uso médico que se requieran para satisfacer la demanda ante la emergencia.
- Entregar, a título gratuito u oneroso, medicamentos, dispositivos médicos u otros elementos sanitizantes.
- Establecer la declaración jurada de estado de salud como medida de control sanitario obligatorio para viajeros y otras que se estimen necesarias, incluso al momento de la partida, antes o durante su arribo al país.
- Autorizar la instalación y funcionamiento de hospitales de campaña o modulares aun sin contar con los requisitos y autorizaciones administrativas previas.
ZONAS AFECTADAS. Hasta el dictado del DNU se consideraban zonas afectadas las siguientes: Europa, Estados Unidos, Corea del Sur, Japón, China e Irán. En el día de la fecha, fueron agregados al listado Chile y Brasil.
INSUMOS CRÍTICOS. se podrán fijar precios máximos para el alcohol en gel, los barbijos, u otros insumos críticos, definidos como tales. Asimismo, podrán adoptar las medidas necesarias para prevenir su desabastecimiento. A través de la Resolución 86/20 la Secretaría de Comercio Interior estableció la retrocesión transitoria del precio de venta del alcohol en gel -en todas sus presentaciones-, a los valores vigentes al 15/02/20. Los precios de venta no podrán ser alterados por 90 días corridos. Se intimó a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización del alcohol en gel y sus insumos, a incrementar la producción de tales bienes hasta el máximo de su capacidad instalada.
AISLAMIENTO OBLIGATORIO. Por 14 días y en 5 casos:
1. Personas que presenten fiebre y uno o más síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta o dificultad respiratoria) y que además, en los últimos días, tenga historial de viaje a “zonas afectadas” o haya estado en contacto con casos confirmados o probables de COVID-19.
2. Quienes posean confirmación médica de haber contraído el COVID-19.
3. Los “contactos estrechos” de las personas comprendidas en los casos 1 y 2.
4. Personas que arriben al país habiendo transitado por “zonas afectadas”. Deben también brindar información adicional y someterse a un examen médico.
5. Quienes hayan arribado al país en los últimos 14 días, habiendo transitado por “zonas afectadas”.
Resolución 202/2020 (Min. Trabajo)
Se suspende el deber de asistencia al lugar de trabajo, con goce íntegro de sus remuneraciones, a todos los trabajadores y las trabajadoras que se encuentren en las situaciones aislamiento obligatorio, cualquiera sea la naturaleza del vínculo jurídico de que se trate. Los trabajadores y las trabajadoras que se encontraren comprendidos deberán comunicar dicha circunstancia al empleador de manera fehaciente y detallada dentro de un plazo máximo de 48 horas. Dentro de este grupo, quienes no posean confirmación médica de haber contraído el COVID-19, ni la sintomatología descripta, cuyas tareas habituales u otras análogas puedan ser realizadas desde el lugar de aislamiento, deberán en el marco de la buena fe contractual, establecer con su empleador las condiciones en que dicha labor será realizada. Los empleadores y las trabajadoras y los trabajadores deberán facilitar y acatar las acciones preventivas generales y el seguimiento de la evolución de las personas enfermas o que hayan estado en contacto
con las mismas que determine la autoridad sanitaria nacional. Asimismo, deberán reportar ante dicha autoridad toda situación que encuadre en los supuestos de aislamiento.
Resolución 567/2020 (Min. Salud)
Dispone la prohibición de ingreso al país por un plazo de 30 días de las personas extranjeras no residentes que hayan transitado por “zonas afectadas” en los 14 días previos a su llegada, en los términos del artículo 4° del Decreto 260/2020. El plazo podrá abreviarse o extenderse conforme la evolución de la situación epidemiológica. Migraciones también suspendió la tramitación de residencias temporarias de extranjeros de “zonas afectadas”. Es probable que el PEN extienda por el plazo de 15 días la prohibición de ingreso sin importar el país del cual se provenga.
Resolución 108/2020 (Min. Educación)
Manteniendo abiertos los establecimientos educativos, se decide -en acuerdo con el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN y en coordinación con los organismos competentes de todas las jurisdicciones- la suspensión del dictado de clases presenciales en los niveles inicial, primario, secundario en todas sus modalidades, e institutos de educación superior, por 14 días corridos a partir del 16 de marzo y se recomiendan algunas medidas para implementar en estas dos semanas continuando el aprendizaje. Recordamos que las universidades por ser autónomas no dependen del Ministerio de Educación sino que tienen cada una de ellas su propio órgano de Gobierno. De todas formas la mayoría de ellas ya ha suspendido las clases presenciales.
Poder Judicial
Mediante la Acordada 4/20 del 16/03/2020 la Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió declarar inhábiles los días 16 a 31 de marzo para las actuaciones judiciales ante todos los tribunales que integran el Poder Judicial de la Nación, sin perjuicio de Ia validez de los actos procesales cumplidos o que se cumplan. Habrá una prestación mínima y se suspenderá la atención al público salvo para actos indispensables. Tenemos noticias que se han suspendido audiencias en el Tribunal Fiscal de la Nación y que provincias como Córdoba, Entre Ríos, Chaco, Salta, Río Negro, La Rioja, Buenos Aires y Tierra del Fuego ya decretaron la feria judicial.
Otras dependencias
Tanto dependencias públicas como privadas están disminuyendo sus servicios de atención al público y suspendiendo actividades y reuniones programadas. Recomendamos chequear disponibilidad y servicios afectados de acuerdo a los trámites y/o gestiones que deban realizar. El transporte público del AMBA opera con servicio limitado. Los expedientes y trámites digitales continúan su curso. Es de esperar demoras y suspensiones en organismos públicos y privados. Todas las actividades turísticas y eventos masivos con una concurrencia superior a las 200 personas han sido cancelados.
Hoy se reunió el gabinete económico y social para adoptar nuevas medidas en el marco de la pandemia. Se esperan novedades en los próximos días.