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Derecho Societario: Novedades de IGJ sobre las SAS

En el día de hoy, la Inspección General de Justicia emitió nuevas disposiciones en relación a las Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S.). Esta norma, publicada hoy en el Boletín Oficial, entrará en vigencia dentro de los 15 días corridos de su publicación.

SAS

Resolución General IGJ N° 43/2020

Entre las novedades destacamos las siguientes:

1.-            Todo trámite registral deberá ser presentado con Dictamen Profesional de Precalificación, suscripto por matriculado idóneo.

2.-            La constatación por la IGJ de la inexistencia material de la sede social inscripta, hará aplicable a la sociedad y a su representante legal de pena de multa. En caso de caer en este incumplimiento, asimismo deberán cumplir o actualizar la determinación de su beneficiario final, incumplimiento que dará lugar a penalidad.

3.-            Deberán llevar los archivos digitales individualizados a través de los criptogramas, ordenados cronológicamente, en carpetas por cada registro digital, con el correspondiente recibido de encriptamiento, los que serán alojados en la sede social.

Asimismo, se deberán guardar dos (02) copias de cada archivo digital en dos (02) localizaciones diferentes a las antes mencionadas, una de las cuales deberá ser virtual. Cada SAS deberá informar la localización de las copias al momento de realizar la primera anotación en el registro digital correspondiente y actualizarla en caso de modificaciones.

4.-            Las actas de estas sociedades deberán ser suscriptas únicamente mediante firma digital por el autorizado a tal efecto.

5.-            Deberá haber tantos archivos digitales como originales y copias del mismo se hagan.

Por último, la IGJ suspendió la opción de certificación de firmas por parte de funcionarios de la Inspección de todo instrumento privado, mientras dure la situación de emergencia epidemiológica existente.