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Derecho Societario: Novedades de IGJ sobre Directorios

En el día de la fecha, 25 de noviembre de 2020, la IGJ emitió una nueva Resolución General mediante la que intenta dirimir un debate doctrinario y judicial en torno al momento de la asunción del cargo del Director Suplente ante la falta de quórum suficiente para sesionar.

Board Meeting

Resolución General IGJ N° 45/2020

La Inspección se pronunció al efecto y dictaminó que en las reuniones del órgano de administración de las sociedades -Directorio o Gerencia-, para habilitar la actuación del o los Directores Suplentes no resulta necesario una reunión previa donde estos se pongan en posesión del cargo de Titular. Por el contrario, el o los Directores Suplentes podrían integrarse automáticamente al órgano de administración si cumplen con las siguientes condiciones:

-        Haya existido previa notificación válida y fehaciente de convocatoria a los Directores Titulares;

-        No alcance el quórum suficiente para sesionar;

-        Hayan constituido domicilio especial; y

-        Hayan otorgado garantía por el ejercicio de sus funciones.

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