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Covid-19: Reporte 45/2020

Compartimos las últimas novedades normativas del Covid-19 y cuestiones relacionadas de los últimos días.

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Oficializan aumento de Salario Mínimo Vital y Móvil (Resolución 4/2020)

a. A partir del 1° octubre de 2020: $18.900 y  $94,50 por hora para los trabajadores jornalizados.
b. A partir del 1° de diciembre de 2020, $20.587,50 y $102,94 por hora para los trabajadores jornalizados.
c. A partir del 1° de marzo de 2021, $21.600 y $108 por hora para los trabajadores jornalizados.

Se ratificó además el aumento de los montos mínimo y máximo de las prestaciones por desempleo fijados en la suma de $ 6.000 y $ 10.000, respectivamente.

Régimen de información de planificaciones fiscales (IPF) – RG 4838/2020

Basándose en el éxito de estos regímenes en distintos países, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un IPF, el cual estará a cargo de contribuyentes y agentes fiscales.

Préstamo CAF (Decreto 811/2020)

El Gobierno aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo CAF a celebrarse con la Corporación Andina de Fomento (CAF), por un monto de hasta USD 300.000.000 destinado a financiar el “Programa de Apoyo al Plan Nacional Argentina Contra el Hambre en la Emergencia Socio-Sanitaria COVID-19”.

Exportación de bienes con cotización (RG 4837/2020)

AFIP estableció las formas, plazos y condiciones que deberán observarse para el registro de contratos de exportación de los distintos bienes con cotización, definidos.

Beneficios para empresas que reestructuren deudas
El conjunto de grandes empresas, con vencimiento de deuda mensual superior a 1 millón de dólares, que lleve adelante planes de reestructuración de deudas dentro de los objetivos planteados por el Banco Central en la comunicación A7106, podrán disponer de las divisas generadas por las exportaciones que realicen para afectar al pago de la deuda reestructurada.

Facturas de crédito electrónicas MiPyMEs

Las MiPyMEs podrán operar las Facturas de Crédito directamente desde los portales y aplicaciones de las entidades financieras. Inmediatamente después de su aceptación cada factura aparecerá disponible en el home banking para que la empresa pueda descontarla en los bancos, compañías de seguro o fondos de inversión, enviarla para su negociación a los mercados regulados por la Comisión Nacional de Valores o presentarla al cobro a la fecha de vencimiento.

Nombramiento de magistrados (Resolución 444/2020)

La Ministra de Justicia de la Nación, Marcela Miriam Losardo, exceptuó de la suspensión de los plazos administrativos a los procedimientos para el nombramiento de magistrados y magistradas del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público de la Nación. 

Reanudación de plazos Defensa de la Competencia (Resolución 448/2020)

La Secretaría de Comercio Interior resolvió reanudar el curso de los plazos en todos los procedimientos administrativos regulados por las Leyes Nros. 25.156 y/o 27.442, sin perjuicio de la validez de los actos que se hubieren cumplido. Los requerimientos relacionados con expedientes actualmente en trámite o aquellos que se iniciaren ante la Secretaría de Comercio Interior o ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, en los términos de las Leyes Nros. 25.156 y/o 27.442, continuarán efectuándose y tramitándose a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Régimen de información de fideicomisos (RG 4839/2020) 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió nuevamente el plazo para el cumplimiento de la obligación de información que debe ser cumplido por los sujetos que actúen en carácter de fiduciarios respecto de los fideicomisos constituidos en el país, financieros o no financieros, así como por los sujetos residentes en el país que actúen como fiduciarios, fiduciantes y/o beneficiarios (beneficiaries) de fideicomisos (trusts) constituidos en el exterior, y prorrogó el vencimiento de las obligaciones previstas en el Título I de la Resolución General N° 4.697 correspondiente al año 2019, y en su caso, a los años 2016, 2017 y 2018.

Proveedores no financieros de crédito: protección para usuarios
Los Otros Proveedores No Financieros de Crédito deberán cumplir con los términos de la Ley de Entidades Financieras en lo que respecta a las disposiciones sobre la protección al usuario de servicios financieros, por una decisión que tomó el Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA).