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Ley de Góndolas: Exhibición de Productos de Menor Precio

Comercios de venta presencial al público minorista deberán destacar los productos más baratos por unidad de medida.

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Hace poco más de un año el Congreso de la Nación aprobó la Ley Nº 27.545 de Góndolas, la cual, entre otras disposiciones, estableció en su Artículo 7º una serie de reglas de exhibición de productos que deberán cumplirse en las góndolas de los establecimientos de los sujetos alcanzados.

Una de dichas reglas, apuntada en el inciso c) del citado Artículo 7º, dispuso que en góndolas los productos de menor precio conforme la unidad de medida deberá encontrarse a una altura equidistante entre el primero y último estante.

Mediante Resolución 485/2021 de fecha 11 de mayo de 2021, publicada en Boletín Oficial el día de la fecha, la Secretaria de Comercio Interior, Paula Irene Español, dispuso que a los efectos de lo previsto en el inciso mencionado en el párrafo precedente, se entenderá como producto de menor precio a aquellos que, conforme la unidad de medida, posean el precio de lista más bajo ofertado al consumidor final con carácter no transitorio. A tal efecto, no deberán considerarse aquellos cuyo precio de lista más bajo resulten de ofertas, bonificaciones o descuentos temporales o relativos a determinados medios de pago o membresías.

Por otro lado, enumeró los productos alcanzados por la referida regla de exhibición para su comercialización en salones de venta presencial al público minorista, los cuales pueden consultarse en el Anexo I adjunto al siguiente LINK. Deberá colocarse a dichos efectos una cenefa perpendicular a la góndola con carácter destacado que contenga la leyenda “MENOR PRECIO por unidad de medida. Ley 27.545”.

Por último, la Resolución 485/2021 aclaró que para el cumplimiento de lo establecido en el inciso c) del Artículo 7° de la Ley N° 27.545 de Góndolas deberá seguirse un criterio de exhibición con disposición y agrupamiento de productos de una misma categoría con carácter vertical, contemplando a tal efecto la ubicación de los productos de menor precio en el estante medio de la góndola y equidistante de sus extremos.