UM

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Derecho de la Competencia: Actualización de la Unidad Móvil

Unidad de Medida

De acuerdo a lo publicado en el Boletín Oficial el día de la fecha, el 23 de enero de 2024, la Secretaría de Comercio dictó la Resolución SC 48/2024 actualizando el valor de la Unidad Móvil para el 2024, estableciéndolo en $ 506,19.- (pesos quinientos seis pesos con 19/100).

El concepto de la Unidad Móvil (UM) surge en el año 2018, mediante el artículo 85 de la Ley N° 27.442 (LDC), que establece a la UM como unidad de cuenta, y se estableció su valor inicial en PESOS VEINTE ($ 20), disponiéndose que fuera actualizado en forma anual utilizando el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.) que publica el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), organismo desconcentrado en el ámbito del Ministerio de Economía.

En este contexto, mediante la Resolución de la Secretaría de Comercio SC 48/2024, se establece que el valor de la UM pasa a ser de $506,19 para este año 2024.

Consecuentemente, la serie de valores estipulados en los artículos 9°, 11, 33, 55, 59 y 84 de la LDC, deberán calcularse sobre la UM que determina la Resol. SC 48/2024, dispuesta para este año.

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Derecho de la Competencia: Actualización de la Unidad Móvil

230211 Nuevo Valor UM

El concepto de la Unidad Móvil (UM) surge en el año 2018, mediante el artículo 85 de la Ley N° 27.442 (LDC), qué establece a la UM como unidad de cuenta, y se estableció su valor inicial en PESOS VEINTE ($ 20), disponiéndose que fuera actualizado en forma anual utilizando el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.) que publica el Instituto Nacional de Estadisticas y Censos (INDEC), organismo desconcentrado en el ámbito del Ministerio de Economía.

En este contexto, mediante la la Resolución de la Secretaría de Comercio SC 63/2023, se establece que el valor de la UM pasa a ser de $162,55, con vigencia a partir del  día 8 de febrero de 2023.

Consecuentemente, la serie de valores estipulados en los artículos 9°, 11, 33, 55, 59 y 84 de la LDC, deberán calcularse sobre la UM que determina la Resol. SC 63/2023, dispuesta para este año 2023.

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Competition Law: The New Value of the Mobile Unit is Published

In compliance with the provisions of the Argentine Competition Act No. 27,442 (LDC), through Resolution of the Secretary of Internal Trade No. 13/2020 -RESOL-2020-13-APN-SCI # MDP- (Resolution 13/20), published today in the Official Gazette, the new value of the Mobile Unit (UM) was announced.

Section 85 of the LDC defined the UM as a unit of account and established its initial value at twenty Argentine Pesos (AR$ 20). The same Section 85 establishes that the value of the UM will be updated automatically every year, using the variation of the Consumer Price Index (CPI) published by the INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS (i.e., the NATIONAL INSTITUTE OF STATISTICS AND CENSUS, or INDEC for its Spanish acronym), a decentralized body of the MINISTRY OF ECONOMY.

The UM is used to define a series of values ​​established in various articles of the LDC. Mainly, the value of the UM is related to the determination of the thresholds for the notification of economic concentrations (eg., M&A transactions) before the competition authority (i.e., when they should be notified or when they would be exempted from doing so), notification or filing fees’ maximums and minimums that could be applied by said enforcement authority (which, up to the present date, has never been applied by the authority) and the amounts of the applicable fines under the LDC.

Resolution 13/20, considers that the variation between December 2018 and December 2019 of the CPI, general level, national total published by the INDEC has been 53.83%.

Consequently, applying said variation to the value of the UM that was in force for the year 2019 (which, up to date, was $ 26.40), it results that the value of the UM “for the year 2020 must be equal to forty pesos and sixty-one cents (AR$ 40.61).

Defensa de la Competencia: Se Publica el Nuevo Valor de la Unidad Móvil 150 150 admin

Defensa de la Competencia: Se Publica el Nuevo Valor de la Unidad Móvil

En cumplimiento por lo ordenado por la Ley de Defensa de la Competencia Nº 27.442 (LDC), mediante Resolución de la Secretaría de Comercio Interior Nº 13/2020 -RESOL-2020-13-APN-SCI#MDP- (la Resolución 13/20), publicada en el Boletín Oficial el día de la fecha, se dio a conocer el nuevo valor de la Unidad Móvil (UM).

El artículo 85 de la LDC definió a la UM como una unidad de cuenta y estableció su valor inicial en veinte pesos ($ 20). El mismo artículo 85, establece que el valor de la UM será actualizado automáticamente cada un año, utilizando la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC), organismo desconcentrado en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Dicha unidad móvil es utilizada para definir una serie de valores establecidos en diversos artículos de la LDC. Principalmente, el valor de la UM tiene relación con la determinación de los umbrales para la notificación de operaciones de concentración económica (M&A) ante la autoridad de aplicación de la LDC (es decir, cuándo deben notificarse o cuándo estarían exentas de hacerlo), los máximos y mínimos del arancel o fee de notificación que podría aplicar la autoridad de aplicación (lo que, hasta la fecha del presente, nunca ha sido aplicado por dicha autoridad) y los montos de las multas aplicables.

La Resolución 13/20, considera que «la variación entre diciembre de 2018 y diciembre de 2019 del Índice de Precios al Consumidor (IPC), nivel general, total nacional publicado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC) ha sido de CINCUENTA Y TRES CON OCHENTA Y TRES CENTÉSIMOS PORCIENTO (53,83%)».

En consecuencia, aplicando dicha variación al valor de la UM que se encontraba vigente para el año 2019 (que, hasta el día de la fecha, fue de $ 26,40), surge que el valor de la UM «para el año 2020 deberá ser igual a pesos cuarenta con sesenta y un centavos ($ 40,61)«.